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En Andalucía la temporada de trucha común abre el 1 de mayo y cierra el 15 de octubre, siempre en modalidad sin muerte (devolución obligatoria) y con un solo anzuelo sin arponcillo. El barbo tiene periodo hábil del 1 de julio al 25 de febrero. La carpa y la trucha arcoíris se pescan todo el año, mientras que anguila y tenca están vedadas de forma permanente.
- Trucha común (Salmo trutta): hábil 1 mayo – 15 octubre, solo captura y suelta.
- Barbo (Luciobarbus bocagei): hábil 1 julio – 25 febrero, devolución obligatoria.
- Carpa y trucha arcoíris: pesca permitida todo el año, sin veda.
- Anguila y tenca: prohibida su captura durante todo el año.
⚠️ Datos sujetos a cambios — verifica antes de pescar
Las tallas mínimas, vedas, cupos y cotos varían por comunidad autónoma y se actualizan cada temporada, por lo que los datos concretos de este artículo pueden haber quedado desactualizados.
Consulta siempre la versión al día en nuestras herramientas, que actualizamos con los boletines oficiales (BOE/DOGC/CCAA): calendario de vedas, conversor de tallas y mapa de cotos — además de la Orden Anual de Pesca oficial de tu CCAA.
La planificación de una jornada de pesca en Andalucía empieza mucho antes de preparar el equipo: comienza consultando el calendario de vedas. Andalucía es una comunidad con una enorme diversidad de aguas —desde los ríos truteros de Sierra Nevada y las sierras de Cazorla, Segura y Las Villas hasta los grandes embalses ciprinícolas y todo el litoral atlántico y mediterráneo—, y cada masa de agua tiene sus propias reglas de temporada. En esta guía reunimos los datos oficiales verificados sobre la temporada de pesca en Andalucía y las vedas de Andalucía 2026, para que sepas exactamente cuándo puedes pescar cada especie, con qué tallas y qué cupos.
Antes de nada, recuerda que para pescar necesitas estar en regla con la licencia de pesca en Andalucía. Y para consultar fechas de un vistazo actualizadas, tienes siempre disponible nuestro calendario de vedas interactivo. Puedes encontrar complementos para la pesca al mejor precio en Amazon.
Las vedas de pesca en Andalucía 2026 son los periodos de prohibición que fija anualmente la Junta de Andalucía para proteger cada especie durante su reproducción. Varían según la especie y el tipo de agua (continental o marítima), por lo que conviene consultar la orden vigente antes de salir a pescar.
Cómo funciona la normativa de pesca continental en Andalucía
En España, la competencia sobre pesca en aguas continentales está transferida a las comunidades autónomas. Esto significa que las fechas de veda, las tallas mínimas y los cupos que se aplican en Andalucía los fija la Junta de Andalucía a través de su normativa autonómica de pesca continental, y no coinciden necesariamente con las de Extremadura, Castilla-La Mancha o Castilla y León. Por eso un pescador que se desplaza entre comunidades debe informarse de la orden vigente en cada territorio.
La filosofía de la normativa andaluza en los últimos años ha girado hacia la conservación: la trucha común autóctona y el barbo, dos de las especies fluviales más emblemáticas, se pescan hoy en modalidad de captura y suelta obligatoria. Al mismo tiempo, las especies exóticas invasoras reciben un tratamiento distinto, orientado a controlar su expansión y no a protegerlas.
El caso de las especies exóticas invasoras
De acuerdo con el RD 630/2013, por el que se regula el Catálogo español de especies exóticas invasoras, especies como el black bass, el lucio, la lucioperca o el siluro no gozan de talla mínima protectora ni de veda reproductora, y con carácter general no deben devolverse vivas al agua. En Andalucía, sin embargo, la particularidad es espacial: el black bass (Micropterus salmoides) y el lucio (Esox lucius) solo son pescables en las áreas donde ya estaban presentes antes de la entrada en vigor de la Ley 42/2007. En esas zonas concretas se pueden pescar todo el año, sin veda temporal; la restricción no es de fechas, sino de dónde. Si te interesa la pesca del lucio en grandes embalses de otras comunidades, puede resultarte útil nuestra guía de pesca en el embalse de Cíjara. También puedes ver accesorios de seguridad para pesca disponibles en Amazon.
Temporada de la trucha en Andalucía 2026

Es la gran pregunta de cada primavera: cuándo abre la trucha en Andalucía. Según la normativa de la Junta de Andalucía, la trucha común (Salmo trutta) tiene su periodo hábil del 1 de mayo al 15 de octubre, ambos inclusive. Fuera de esa ventana —es decir, del 1 de enero al 30 de abril y del 16 de octubre al 31 de diciembre— la especie está vedada.
Hay dos condiciones esenciales que no puedes pasar por alto:
- Pesca sin muerte: la devolución de la trucha común al agua es obligatoria. No se puede sacrificar ni llevar ejemplares.
- Aparejo restringido: se exige señuelo con un solo anzuelo sin arponcillo (sin muerte), lo que facilita la suelta del pez con el menor daño posible.
La trucha arcoíris (Oncorhynchus mykiss), en cambio, tiene otro régimen: al tratarse de una especie exótica, su pesca está permitida todo el año en cotos intensivos, y en su caso la captura es obligatoria (no se devuelve). Es una buena opción para los meses en que la trucha común está cerrada. Si quieres afinar la técnica para la temporada trutera, echa un vistazo a nuestra guía de pesca a mosca seca para trucha, ideal para los ríos de aguas limpias de las sierras andaluzas.
Calendario de vedas de especies continentales
Esta tabla resume las fechas verificadas para las principales especies de aguas continentales en Andalucía. Recuerda que el periodo de veda indica cuándo NO se puede pescar; el resto del año es hábil, salvo que la nota indique otra cosa.
| Especie | Temporada / Veda 2026 | Modalidad |
|---|---|---|
| Trucha común (Salmo trutta) | Hábil 1 may – 15 oct. Vedada 1 ene–30 abr y 16 oct–31 dic | Sin muerte (suelta obligatoria) |
| Trucha arcoíris (Oncorhynchus mykiss) | Todo el año en cotos intensivos | Captura obligatoria |
| Barbo (Luciobarbus bocagei) | Hábil 1 jul – 25 feb. Vedado 26 feb – 30 jun | Suelta obligatoria |
| Carpa (Cyprinus carpio) | Todo el año, sin veda | Libre (especie exótica) |
| Black bass (Micropterus salmoides) | Todo el año, solo donde ya estaba presente | Restricción espacial |
| Lucio (Esox lucius) | Todo el año, solo donde ya estaba presente | Restricción espacial |
| Tenca (Tinca tinca) | No capturable ningún día (veda total) | No pescable en Andalucía |
| Anguila (Anguilla anguilla) | Prohibida todo el año | Peligro crítico |
El barbo: una veda larga y devolución obligatoria
El barbo (Luciobarbus bocagei) es una de las capturas más habituales en los ríos y embalses andaluces durante el verano. Su periodo hábil va del 1 de julio al 25 de febrero, y queda vedado del 26 de febrero al 30 de junio, coincidiendo con su época reproductora. Además, en Andalucía el barbo debe devolverse al agua tras su captura (captura y suelta obligatoria), una medida de conservación que conviene tener muy presente.
Especies con veda total o no pescables
Dos casos merecen atención especial. La anguila (Anguilla anguilla) está catalogada en peligro crítico y su pesca está prohibida todo el año. La tenca (Tinca tinca) dejó de ser especie pescable en Andalucía por no estar presente actualmente en las masas de agua andaluzas, de modo que en la práctica equivale a una veda total. En ninguno de los dos casos existe una ventana legal de captura.
Vedas de pesca marítima recreativa en Andalucía

El litoral andaluz combina el Golfo de Cádiz (Atlántico, división CIEM 9a) y el Mediterráneo. La pesca marítima de recreo se rige por normativa estatal (el RD 347/2011 de pesca marítima de recreo) y por las resoluciones específicas del Ministerio. Estas son las claves verificadas para 2026:
Lubina: sin veda recreativa en aguas andaluzas
La lubina (Dicentrarchus labrax) es un buen ejemplo de cómo la geografía importa. La veda recreativa de lubina que impone el Reglamento de la UE afecta solo a las divisiones del Atlántico norte (4b, 4c, 6a y 7a-7k), no a las aguas de Andalucía. En el Golfo de Cádiz (Atlántico, división CIEM 9) se aplica una talla mínima de 36 cm, mientras que en el litoral mediterráneo andaluz (Málaga-Almería) la talla mínima es de 25 cm; en ambos casos el cupo orientativo es de 2 ejemplares por pescador y día. Ten en cuenta que la talla de la lubina varía según la zona (por ejemplo, 42 cm en el Cantábrico/Atlántico norte y 25 cm en el Mediterráneo peninsular), por lo que conviene confirmar el valor exacto para el punto donde vayas a pescar.
Atún rojo: solo captura y suelta en verano
El atún rojo (Thunnus thynnus) tiene un régimen muy estricto. Para la pesca recreativa en 2026 solo se permite la modalidad de captura y suelta del 16 de junio al 14 de octubre (o hasta agotar la cuota asignada). Requiere licencia más una autorización específica y marcado del ejemplar, y su comercialización está prohibida, según la Resolución de la Secretaría General de Pesca de 28 de mayo de 2026 (BOE-A-2026-12503). Fuera de esa ventana, del 1 de enero al 15 de junio y del 15 de octubre al 31 de diciembre, el atún rojo está vedado para la modalidad recreativa.
Otras especies marinas de interés
La dorada (Sparus aurata) no tiene veda y su cupo recreativo es de 5 kg por día. La merluza (Merluccius merluccius) tampoco tiene veda recreativa, con el mismo cupo de 5 kg diarios. El bonito del norte (Thunnus alalunga) no tiene veda específica recreativa —su temporada principal es el verano— y conviene aclarar que no tiene talla mínima legal estatal de captura: el valor de 1,5 kg que a veces se cita es talla comercial de venta, no una talla legal para el pescador de recreo. El calamar y la sepia (Loligo vulgaris / Sepia officinalis) no tienen veda recreativa. Si te interesa la pesca de estas especies desde embarcación, nuestra guía básica de pesca al curricán explica una de las técnicas más eficaces en el litoral.
Aviso importante sobre marisqueo y flota profesional: las vedas de pulpo (Octopus vulgaris) que se citan para el Golfo de Cádiz y el Mediterráneo andaluz (en torno al 1 may–15 jun y 15 sep–31 oct) corresponden a paradas temporales de la flota profesional/marisquera, no a vedas de pesca recreativa. Del mismo modo, las vedas estivales típicas de centollo y nécora son del Cantábrico y Galicia, no de Andalucía. Estos datos son orientativos y no han sido verificados con fuente oficial actualizada, así que consulta la normativa vigente de tu comunidad antes de salir.
Tallas mínimas y cupos: dónde consultarlos
Las tallas mínimas cambian con frecuencia y varían según la especie y la zona de captura. En este artículo hemos recogido las verificadas (lubina 36 cm en Andalucía, cupo 2/día; dorada y merluza 5 kg/día), pero para el listado completo y actualizado por comunidad autónoma tienes a tu disposición el conversor de tallas, donde puedes comprobar de un vistazo si tu captura alcanza la medida legal.
Como norma general, recuerda que las especies exóticas invasoras (black bass, lucio, lucioperca, siluro) no tienen talla mínima protectora en virtud del RD 630/2013, mientras que las especies autóctonas sí están sujetas a talla y, en el caso de trucha común y barbo en Andalucía, a devolución obligatoria.
Consejos prácticos para no infringir la normativa
- Consulta la orden anual antes de cada salida. Las vedas y temporadas se revisan cada año; una fecha correcta en 2026 puede cambiar en 2027. Los pescadores experimentados coinciden en que verificar la normativa vigente es el primer paso de cualquier jornada.
- Lleva la licencia siempre encima. Además de la licencia autonómica, algunas modalidades (como el atún rojo) exigen autorizaciones específicas. Si aún no la tienes, consulta cómo tramitarla en nuestra guía de cómo obtener la licencia de pesca en España.
- Distingue cotos intensivos de aguas libres. La trucha arcoíris se pesca todo el año en cotos intensivos, pero la trucha común solo entre mayo y octubre y sin muerte. Confundir ambos regímenes es un error frecuente.
- Respeta el aparejo obligatorio. Para la trucha común es imprescindible el anzuelo único sin arponcillo. Usar aparejos con muerte durante la temporada sin muerte constituye infracción.
- Planifica según la actividad de los peces. Una vez confirmado que puedes pescar legalmente, optimiza tu salida con el predictor de actividad horaria para elegir las mejores horas del día.
Última revisión editorial: . La normativa de pesca varía por CCAA y se actualiza anualmente — consulta siempre la fuente oficial o nuestro calendario de vedas antes de salir.
Preguntas frecuentes
¿Cuándo abre la temporada de trucha en Andalucía en 2026?
La trucha común (Salmo trutta) tiene su periodo hábil del 1 de mayo al 15 de octubre de 2026, siempre en modalidad sin muerte y con un solo anzuelo sin arponcillo. Del 16 de octubre al 30 de abril está vedada. La trucha arcoíris, al ser especie exótica, se puede pescar todo el año en cotos intensivos.
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¿Se puede pescar barbo todo el año en Andalucía?
No. El barbo (Luciobarbus bocagei) tiene su periodo hábil del 1 de julio al 25 de febrero y queda vedado del 26 de febrero al 30 de junio, coincidiendo con su reproducción. Además, en Andalucía el barbo debe devolverse al agua tras su captura, ya que rige la captura y suelta obligatoria para esta especie.
¿Hay veda de lubina en Andalucía en 2026?
No. La veda recreativa de lubina del Reglamento de la UE afecta solo a divisiones del Atlántico norte (4b, 4c, 6a y 7a-7k), no a las aguas andaluzas. En el Golfo de Cádiz la lubina (Dicentrarchus labrax) se pesca con talla mínima de 36 cm, mientras que en el Mediterráneo andaluz la talla mínima baja a 25 cm; en ambas zonas el cupo es de 2 ejemplares por pescador y día.
¿Qué especies están prohibidas todo el año en Andalucía?
La anguila (Anguilla anguilla), catalogada en peligro crítico, tiene su pesca prohibida durante todo el año. La tenca (Tinca tinca) tampoco es capturable, ya que dejó de ser especie pescable en Andalucía por no estar presente en las masas de agua andaluzas. En ambos casos equivale a una veda total.
¿Necesito autorización especial para pescar atún rojo en Andalucía?
Sí. Para 2026, la pesca recreativa de atún rojo (Thunnus thynnus) solo se permite en modalidad captura y suelta del 16 de junio al 14 de octubre, y exige licencia más una autorización específica y marcado del ejemplar. Su comercialización está prohibida, según la Resolución de la Secretaría General de Pesca de 28 de mayo de 2026 (BOE-A-2026-12503).